INSTITUCIONES QUE PUEDEN AFILIARSE
Categoría A.- Investigación, Ciencia.
A1.- Universidades públicas y privadas de la Región de Murcia
A2.- Organismos públicos de investigación
A3.- Órganos gestores del Plan de Ciencia y Tecnología de la Región de Murcia
A4.- Academias de la Región de Murcia que contemplen en sus estatutos fines científicos.
A4.- Museos científicos de la Región de Murcia
Categoría B.- Innovación y Tecnología.
B1.- Centros Tecnológicos
B2.- Centros europeos de empresas e innovación
B3.- Parques científicos y tecnológicos
B4.- Sociedades de capital riesgo y de capital semilla
B5.- Organizaciones empresariales
B6.- Unidades de I+D empresariales
B7.- Instituciones privadas sin fines de lucro que financien actividades de I+D o participen en proyectos de I+D+I.
B8.- Otras entidades regionales de especial interés para el sistema regional de ciencia y tecnología
Categoría C.- Educación.
C1.- Entidades educativas no universitarias públicas
C2.- Entidades educativas no universitarias privadas sin ánimo de lucro
C3.- Otras entidades regionales de especial interés para el sistema autonómico educativo
Categoría D.- Sociedad de la Información. Se pueden afiliar bajo este apartado instituciones que tengan en su objeto social o bajo sus competencias el desarrollo de la Sociedad de la Información o vayan a ejecutar proyectos de este tipo. No se consideran proyectos de promoción de la Sociedad de la Información los que simplemente hagan uso de redes de telecomunicaciones o servicios telemáticos con otra finalidad principal.
D1.- Entidades públicas con competencias relacionadas con la promoción y el desarrollo de la Sociedad de la Información y del Conocimiento en la Región.
D2.- Entidades privadas cuyo objeto social recoja la promoción y el desarrollo de la Sociedad de la Información y del Conocimiento en la Región.
D3.- Entidades públicas involucradas en proyectos para la promoción y el desarrollo de la Sociedad de la Información y del Conocimiento en la Región.
D4.- Entidades privadas involucradas en proyectos para la promoción y el desarrollo de la Sociedad de la Información y del Conocimiento en la Región.
En estos casos, la red CTnet puede disponer las medidas técnicas necesarias para que el tráfico intercambiado con estas instituciones se limite a los objetivos establecidos.
PROCEDIMIENTO DE AFILIACIÓN
La Institución que desee afiliarse a la red CTnet debe realizar una solicitud formal y por escrito a la Dirección General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información, de acuerdo con el modelo de Solicitud de Afiliación que recoge en el Anexo A.
Tras su estudio, y solicitud facultativa de informes técnicos en caso necesario, la Dirección General emitirá una resolución motivada.
En caso de obtener resolución favorable, el Gestor de la red CTnet suscribirá un convenio con la institución solicitante de acuerdo con el modelo recogido en el Anexo B.
Las condiciones concretas de prestación de servicio se determinarán conjuntamente con la Institución solicitante a la hora de la revisión de su solicitud de afiliación. Deberán ser aprobadas por la Dirección General de Innovación Tecnológica y Sociedad de la Información previo informe del Gestor de la red.
El Convenio tendrá una vigencia hasta el 31 de diciembre del año en curso y se renovará automáticamente, salvo denuncia expresa y por escrito de cualquiera de las partes con un mes de antelación.
DOCUMENTOS AFILIACIÓN
CTnet. Objetivos, Procedimiento de afiliación (398 K)

